martes, 17 de noviembre de 2015

OTRA DE NUESTRAS PROPUESTAS EN LA ASAMBLEA DE QUITO

En la misma XLIX Asamblea General Ordinaria de la FIAF que se realizó en Quito, Ecuador, el día 2 de octubre del presente año, se presentó otra propuesta de la Comisión de Filatelia Temática, con el objeto de contribuir al perfeccionamiento del Instructivo de Acreditación de Jurados.

Mesa Directiva de la Asamblea – Quito, 2015

La Plenaria Temática, por amplísima mayoría (solo un voto en contra) recomendó que se adopte, en la FIAF, y para todas las clases, las mismas exigencias para Jurados Aprendices que constan en el Art. 12 de las Guidelines for the Duties and Accreditation of Jurors in FIP World and Specialized Exhibitions.

Como se sabe, por medio de la Resolución N° CE-14/18-002, el Consejo Ejecutivo de la FIAF decidió, al amparo del Art. 17.6 del Estatuto federativo, implementar un Instructivo de Acreditación de Jurados, que de cierta forma fue refrendado en la Asamblea de Quito.

Sin embargo, como aporte a la – esperada – mejora futura de su texto, nuestra Comisión, representada por su Presidente, recordó a todos que, en la nota FIP ESTABLECE NUEVOS CRITERIOS PARA APRENDICES DE JURADO, publicada en este informativo el 25 de junio de 2014, ya habíamos llamado la atención sobre el hecho de que la Federación Internacional de Filatelia, buscando mejorar el nivel de los jurados que pasarían a ingresar en su cuadro federativo, avanzó bastante en ese tema cuando decidió elevar las exigencias para los candidatos a aprendiz de jurado.
 

Nuevos criterios de la FIP (2014) para Jurados Aprendices

Para ello, introdujo importantes y necesarias enmiendas al Artículo 12.1 de las Guidelines for the Duties and Accreditation of Jurors in FIP World and Specialized Exhibitions, que, incomprensiblemente, no estuvo incorporada al Instructivo aprobado por el Consejo Ejecutivo de la FIAF en su reunión realizada en Santiago de Chile el 24 de octubre de 2014.

La verdad es que, cuando se compara las exigencias que constan en el Art. 12.1 de las Directrices de la FIP con el Art. 3 del mencionado Instructivo del CE/FIAF (disponible en la página de la Federación), se constata que éste sigue incorporando el “viejo” Art. 12.1 de la Guía de Deberes y Acreditación de Jurados en las Exposiciones FIAF.

Dicho artículo, que esencialmente ya reproducía – en su espíritu y en la forma – la versión antigua del Art. 12.1 de las Directrices de la FIP, ya era, al momento de la edición del Instructivo del CE/FIAF, de amplio conocimiento, por cuanto ya estaba definitivamente incorporado a éstas.

Por lo tanto, el texto del Consejo Ejecutivo de la FIAF dejó de seguir por el mismo camino señalado por la FIP, y por eso necesitará – así lo entendemos – una ponderada y pronta reevaluación, para que podamos seguir avanzando también en los criterios para los futuros jurados FIAF.